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Cómo funcionan las reglas de la tarifa de alimentación para una instalación adicional

NB: las reglas han cambiado desde que se publicó este blog y ya no es aplicable

P: ¿Qué sucede si tengo instalados paneles solares fotovoltaicos adicionales? ¿Todo mi sistema calificaría para la nueva tarifa de alimentación?

R: La respuesta a esta pregunta varía, dependiendo de cuándo fue la primera instalación. Si agrega a una instalación existente de la misma tecnología dentro de los 12 meses, se tratará como un aumento en la capacidad de la misma instalación.

Si agrega a un sistema más de un año después de que la primera parte se registró en el Registro Central FiTs (tarifa de alimentación), contará como una nueva estación. Seguirá recibiendo los mismos pagos por su estación original. La nueva instalación se clasificará para la capacidad combinada de los dos sistemas.

En este caso, es una adición a un sistema fotovoltaico instalado antes del 15 de julio de 2009, por lo que el propietario recibe la tarifa del ‘generador existente’ de 9,4 peniques para la generación y 3,1 peniques para la electricidad exportada.

Si instala una nueva instalación, habrá pasado más de un año desde que se registró la primera, por lo que se considerará una estación separada. La tasa que obtenga se calculará sobre la base del tamaño combinado de ambos sistemas. Entonces, por ejemplo, si su primer sistema es 2.1kWp e instala otro del mismo tamaño, eso lo sacará de la categoría <4kW, y se le pagará 37.8p por kWh generado. Si instala un sistema de 1.8kWp, obtendrá 43.3p, pero generará un poco menos.

Foto de Michael Homan

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